Alejandra Andrea Melndez Ruiz Paulina Ruiz Fajardo Paola

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Alejandra Andrea Meléndez Ruiz Paulina Ruiz Fajardo Paola Porras

Alejandra Andrea Meléndez Ruiz Paulina Ruiz Fajardo Paola Porras

Se refiere a “la ciencia normativa que estudia los deberes y derechos inherentes a

Se refiere a “la ciencia normativa que estudia los deberes y derechos inherentes a quienes ejercen una profesión u oficio, una vez que se han adquirido los conocimientos, habilidades y competencias que le identifican como tal”.

� Un contador que sea confiable y ético será siempre requerido para llevar la

� Un contador que sea confiable y ético será siempre requerido para llevar la auditoria de una empresa, para que se le deleguen responsabilidades, entre otras más funciones. � Se espera que un contador público mantenga sus conocimientos y practicas actualizadas, así como estar al día con los cambios en las leyes fiscales. Pero sobretodo es importante que este actúe con honestidad en todas sus funciones, y que realice un trabajo de calidad y lo más exacto posible.

El contador financiero se rige bajo el código de ética del contador emitido por

El contador financiero se rige bajo el código de ética del contador emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dependiendo del tipo de actividades que realice.

Para que un contador pueda realizar su trabajo existen: Las NIF’S (Normas de Información

Para que un contador pueda realizar su trabajo existen: Las NIF’S (Normas de Información Financiera), Las Normas de Auditoría, Reglas Específicas para la Contabilidad para las Instituciones que rigen las Instituciones Financieras (publicadas el 16 de diciembre 2010) Las Leyes Fiscales y la Ley de Sociedades Mercantiles.

Se espera que todo contador desarrolle su trabajo mostrando: Responsabilidad hacia la sociedad v.

Se espera que todo contador desarrolle su trabajo mostrando: Responsabilidad hacia la sociedad v. Independencia v. Calidad de criterio Profesional de los trabajos v. Preparación y calidad profesional

Responsabilidad hacia quien patrocina los servicios: v. Secreto profesional. v. Obligación de rechazar tareas

Responsabilidad hacia quien patrocina los servicios: v. Secreto profesional. v. Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral. v. Lealtad hacia el patrocinador de los servicios. v. Retribución económica. Responsabilidad hacia la profesión: v. Respeto a los colegas y a la profesión. v. Dignificación de la imagen profesional a base de calidad. v. Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos.

El Contador Público entra en un conflicto profesional si al expresar su opinión: �

El Contador Público entra en un conflicto profesional si al expresar su opinión: � a) Encubre un hecho importante a sabiendas que es necesario revelarlo. � b) Deje de manifestar expresamente cualquier dato importante del cual tenga conocimiento.

� c) Incurre en negligencia grave al emitir el informe correspondiente a su trabajo,

� c) Incurre en negligencia grave al emitir el informe correspondiente a su trabajo, sin haber cumplido las normas de auditoría. � d) Siendo de su conocimiento, no informe sobre cualquier desviación substancial de las normas de contabilidad generalmente aceptadas. � e) Aconseje falsear los estados financieros o cualquier otra información de su cliente o de las dependencias donde presta sus servicios.

� El monto de la retribución a que tiene derecho el Contador Público, estará

� El monto de la retribución a que tiene derecho el Contador Público, estará de acuerdo con la importancia de las labores a desarrollar, el tiempo que a esa labor designe y el grado de especialización requerido. � Al fijar sus honorarios, el contador deberá tener presente que la retribución por su trabajo no constituye el único objeto ni la razón de ser del ejercicio de su profesión.

Según el código de ética, “el Contador Público tiene la obligación de respetar la

Según el código de ética, “el Contador Público tiene la obligación de respetar la confidencialidad de la información sobre las actividades de sus clientes o de quienes le emplean laboralmente, adquirida en ejecución de sus servicios profesionales. la

� El deber de guardar el secreto profesional continúa incluso después de la finalización

� El deber de guardar el secreto profesional continúa incluso después de la finalización de sus relaciones con el cliente o con quien le haya empleado laboralmente. � El secreto profesional debe ser conservado siempre por el Contador Público, a menos que alguna autoridad específica ordene la comunicación de la información, o cuándo exista la obligación legal o profesional de hacerlo.

� Art. 1 Los documentos presentados por el contador deberán estar fundamentados en elementos

� Art. 1 Los documentos presentados por el contador deberán estar fundamentados en elementos objetivos, sin ocultar datos que lleven al error o a desvirtuar la profesión. � Art. 2 Todos los documentos e informes que lleven la firma de un contador público deberán estar practicados por el mismo o en su defecto deberán estar realizados bajo su supervisión o en colaboración con algunos colegas.

� Art. 3 Cualquier documento presentado que lleve plasmada la firma del contador financiero

� Art. 3 Cualquier documento presentado que lleve plasmada la firma del contador financiero será de su entera responsabilidad. � Art 4 El contador podrá consultar con algún otro colega sobre métodos o procedimientos para realizar una operación siempre y cuando no revele datos, identidades o algún elemento que lleve al conocimiento de la entidad para la cual está prestando sus servicios.

� Art 5 El contador no tendrá permitido sacar ventajas económicas excesivas por la

� Art 5 El contador no tendrá permitido sacar ventajas económicas excesivas por la prestación de sus servicios. La retribución que éste reciba siempre tendrá que ver con el grado de especialización, tiempo y cantidad de trabajo a realizar. � Art. 6 Un contador tiene prohibido expresarse de un colega cuando los comentarios que realice sean utilizados para desprestigio de su reputación.

� Art 7 Un contador público no puede ofrecer trabajo directa o indirectamente a

� Art 7 Un contador público no puede ofrecer trabajo directa o indirectamente a los empleados de otros contadores sin previo conocimiento de los patrones, solamente pueden hacerlo en caso de que una persona por iniciativa le solicite permiso. � Art 8 Solamente podrán hacerse públicos los servicios de un contador mediante periódicos, revistas o algún medio de comunicación digno, sin hacer alusión a los honorarios a cobrar o autoelogio.

� Art 9 El contador o firma que maneje fondos o valores debe realizar

� Art 9 El contador o firma que maneje fondos o valores debe realizar su trabajo con entera honradez. � Art 10 Los boletines o folletos que el contador de a conocer, deben tener una presentación digna y solo podrán circular entre sus clientes y solicitantes.

� El contador financiero tiene la obligación de guiar a sus clientes hacia un

� El contador financiero tiene la obligación de guiar a sus clientes hacia un camino de rectitud en cuanto a cuestiones de tema fiscal y de registro de operaciones. � Faltar a algún punto del código de ética profesional es sinónimo de falta de respeto hacia la profesión de uno mismo.