Ajustes en la operacin del programa IMMEX DIRECCIN

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“Ajustes en la operación del programa IMMEX” DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR SUBDELEGACIÓN EN

“Ajustes en la operación del programa IMMEX” DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR SUBDELEGACIÓN EN CD. JUÁREZ Ciudad Juárez, Enero 2017

INTRODUCCIÓN La publicación del Acuerdo de reglas y criterios de carácter general en materia

INTRODUCCIÓN La publicación del Acuerdo de reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, contiene un nuevo esquema de operación para importar mercancías sensibles al amparo del Programa IMMEX, que establecerá nuevos: • REQUISITOS • TRÁMITES • AUTORIZACIONES

¿QUÉ VA A PASAR? Al día siguiente de la publicación del acuerdo de Reglas,

¿QUÉ VA A PASAR? Al día siguiente de la publicación del acuerdo de Reglas, la VUCEM quedará habilitada para que las empresas puedan solicitar las autorizaciones del nuevo esquema de operación del Programa IMMEX considerando lo siguiente: • El nuevo esquema entrará en vigor 45 días naturales posteriores a la publicación en el DOF. • Las empresas que ya cuenten con autorización para importar mercancías sensibles, podrán seguir realizando operaciones, hasta que entre en vigor el nuevo acuerdo. • Las empresas que deseen importar mercancías sensibles antes, y hasta la entrada en vigor del nuevo esquema, deberán solicitarlo por escrito de forma presencial ante la Representación Federal correspondiente; tomando en cuenta que la autorización concluirá el día de la entrada en vigor del nuevo esquema de Reglas.

¿A QUIÉN LE APLICA? A todas aquellas empresas con programa IMMEX que NO CUENTEN

¿A QUIÉN LE APLICA? A todas aquellas empresas con programa IMMEX que NO CUENTEN con certificación IVA/IEPS, que pretendan realizar la importación temporal de las mercancías sensibles, para lo cual requerirán de la autorización de una ampliación o ampliaciones subsecuentes cuyas fracciones se encuentran en los siguientes apartados: Apartado A. - Azúcar Apartado B. - Acero Apartado C. - Textil Apartado D. - Aluminio Apartado E. - Desperdicios minerales Apartado F. - Tabaco Anexo 3. 3. 2 - Neumáticos Usados .

LÍNEA DEL TIEMPO - PUBLICACIÓNREGLAS Publicación DOF Habilitación VUCEM • Recepción solicitudes de ampliación.

LÍNEA DEL TIEMPO - PUBLICACIÓNREGLAS Publicación DOF Habilitación VUCEM • Recepción solicitudes de ampliación. Día 1 Empresas con IMMEX que deseen importar mercancías sensibles deberán solicitar la ampliación por escrito a la RF, y dicha ampliación solo será por el tiempo restante a la entrada en vigor del Acuerdo de Reglas Entrada en Vigor • Autorizaciones de ampliaciones y ampliaciones Subsecuentes Día 45 Empresas con IMMEX que deseen importar sensibles a la fecha de entrada en vigor, podrán solicitar su ampliación a través de la VUCEM. Operaciones de Comercio Exterior en la Aduana bajo Nuevo esquema Día 46

LÍNEA DEL TIEMPO - PUBLICACIÓNREGLAS http: //www. gob. mx/cms/uploads/attachment/file/32269/SE-FO-03074_Autorizacion_ampliacion_modificacion_IMMEX. pdf

LÍNEA DEL TIEMPO - PUBLICACIÓNREGLAS http: //www. gob. mx/cms/uploads/attachment/file/32269/SE-FO-03074_Autorizacion_ampliacion_modificacion_IMMEX. pdf

SOLICITUD DE AMPLIACIÓN O AMPLIACIÓN SUBSECUENTE IMMEX 2 1 a a AT EN DI

SOLICITUD DE AMPLIACIÓN O AMPLIACIÓN SUBSECUENTE IMMEX 2 1 a a AT EN DI DO EMPRESA La EMPRESA ingresa al portal VUCEM y captura su trámite, anexando documentación La SE (DGCE) recibe el trámite e inicia proceso de Evaluación de la Solicitud 5 6 En caso de existir algún La EMPRESA atiende requisito faltante, la SE (DGCE) emite Requerimiento a la empresa el Requerimiento 4 3 IMMEX AU TO P P RIZ AD O Si la Solicitud CUMPLE con los requisitos la SE (DGCE) AUTORIZA la ampliación 1. La SE (DGCE) continua con la EVALUACIÓN y DICTAMINACIÓN Derivado de la VISITA DE VERIFICACIÓN* el SAT emite OPINIÓN La SE (RF) programa y realiza VISITA DE VERIFICACIÓN conjunta con SAT

AUTORIZACIÓN DE SOLICITUDES O AMPLIACIÓN SUBSECUENTE DE AMPLIACIÓN Ø Al momento de presentar la

AUTORIZACIÓN DE SOLICITUDES O AMPLIACIÓN SUBSECUENTE DE AMPLIACIÓN Ø Al momento de presentar la solicitud de ampliación o ampliación subsecuente de mercancías sensibles, la empresa remitirá las fracciones y el volumen requerido por cada una de ellas Ø Para realizar operaciones de importación al amparo del programa, no bastará con que la empresa cuente con la fracción autorizada, necesitará contar con saldo en dicha fracción, en caso contrario, tendrá que solicitar una ampliación. Ø Las autorizaciones de fracciones y volumen que emita la SE, tendrán una vigencia de 4 meses, por lo que, si no se utiliza el saldo autorizado por fracción arancelaria, este ya no se podrá ejercer.

EMPRESAS NO CERTIFICADAS 250 Total de Empresas 220 192 200 150 98 100 76

EMPRESAS NO CERTIFICADAS 250 Total de Empresas 220 192 200 150 98 100 76 52 46 50 31 32 30 24 8 9 25 0 1 2 3 4 5 6 7 Total de Fracciones sensibles 10 Más de 10 Ø Total de Empresas no certificadas que utilizan fracciones sensibles: 826 Total de Fracciones sensibles 1 2 26. 6% 11. 9% Porcentaje de Fracciones sensibles que utilizan las empresas 3 4 5 6 7 8 9 10 9. 2% 6. 3% 5. 6% 3. 8% 3. 9% 3. 6% 2. 9% 3. 0% Más de 10 23. 2%

PRINCIPALES MODIFICACIONES • Las restricciones establecidas únicamente aplican a empresas NO CERTIFICADAS en IVA/IEPS

PRINCIPALES MODIFICACIONES • Las restricciones establecidas únicamente aplican a empresas NO CERTIFICADAS en IVA/IEPS A, AA y AAA: las empresas certificadas IVA/IEPS están exentas de las modificaciones establecidas. • • • Las autorizaciones de ampliación serán por fracción arancelaria y volumen de las mercancías. Las cantidades autorizadas tendrán una vigencia de 4 meses. La forma del cálculo para la autorización del volumen se determinará de acuerdo con los apartados que contengan las fracciones arancelarias que se pretenda importar de los apartados de azúcar, acero, textil y confección, aluminio, desperdicio mineral, tabaco y neumáticos usados.

PRINCIPALES MODIFICACIONES • Para el caso de importar mercancías sensibles, se valorará la capacidad

PRINCIPALES MODIFICACIONES • Para el caso de importar mercancías sensibles, se valorará la capacidad productiva instalada que tenga la empresa o tomando en cuenta sus operaciones realizadas. • Visita conjunta de la SE (RF) con el SAT. • Para la autorización de ampliaciones subsecuentes, las empresas deberán haber retornado el 70% de las mercancías consignadas en su autorización anterior.

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR Para el caso de azúcar, aluminio, desperdicios

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR Para el caso de azúcar, aluminio, desperdicios minerales , tabaco y neumáticos usados : Será hasta por un equivalente a 4 meses la capacidad productiva instalada conforme al reporte del Contador Público presentado, el cual deberá contener, entre otras cosas (https: //www. consulta. sat. gob. mx/cprsinternet/cpr. Proc. Bus. C. ASP) : § Inventario físico de la maquinaria y el equipo para realizar los procesos industriales al amparo del Programa IMMEX; § § La capacidad productiva instalada mensual para efectuar los procesos industriales. La descripción detallada del proceso productivo

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR Para el caso de acero y textil

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR Para el caso de acero y textil y confección, se tienen dos supuestos: ØCuando las empresas hayan importado: SUPUESTO 1: Aquellas empresas que tengan 12 meses de operaciones con anterioridad a la solicitud: Será la cantidad obtenida del promedio mensual multiplicado por cuatro. Sin embargo, cuando existan meses que exceden en más de dos veces el promedio mensual obtenido, se autorizará de la siguiente manera: 1. Se calcula nuevamente el promedio mensual tomando como cantidad, para los meses en que se detectó el excedente, el resultado del promedio mensual inicial. 2. El nuevo promedio mensual obtenido se multiplicará por cuatro.

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR SUPUESTO 2: para acero ØCuando las empresas

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR SUPUESTO 2: para acero ØCuando las empresas no tengan operaciones: • • Hasta 3, 000 kg para las empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores. • Monto superior a los 50, 000 kg para las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores. De 3, 000 y hasta 50, 000 kg para las empresas que cuenten con un mínimo de 10 y hasta 100 trabajadores.

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR SUPUESTO 2: para textil y confección :

CÁLCULO DE LAS CANTIDADES MÁXIMAS A AUTORIZAR SUPUESTO 2: para textil y confección : ØCuando las empresas no tengan operaciones: • • Hasta 1, 000 unidades para las empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores. • Monto superior a las 20, 000 unidades para las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores. De 1, 000 y hasta 20, 000 unidades para las empresas que cuenten con un mínimo de 10 y hasta 100 trabajadores.

EN CASO DE DUDA Ing. Carlos Castruita López carlos. castruita@economia. gob. mx Lic. Diego

EN CASO DE DUDA Ing. Carlos Castruita López carlos. castruita@economia. gob. mx Lic. Diego Iván Hernández Hdez Diego. hernandez@economía. gob. mx Lic. Nebraska de Jesús Dempwolff Chaidez nebraska. dempwolff@economia. gob. mx

TRAMITES DE IMMEX QUE DEBEN REALIZARSE DE MANERA PRESENCIAL ØSOLICITUD DE REGISTRO DE PROVEEDORES

TRAMITES DE IMMEX QUE DEBEN REALIZARSE DE MANERA PRESENCIAL ØSOLICITUD DE REGISTRO DE PROVEEDORES DE INSUMOS DEL SECTOR AZUCADERO (SE-03 -019) ØMODIFICACIÓN BAJA A FRACCIONES AUTORIZADAS ØMODIFICACIÓN BAJA Y ALTA DE DOMICILIO DE UNA PLANTA ØMODIFICACIÓNBAJA DE EMPRESA SUBMANUFACTURERA ØMODIFICACIÓN BAJA DE EMPRESA CONTROLADA ØMODIFICACIÓN BAJA DE EMPRESA TERCIARIZADA ØMODIFICACIÓN BAJA DE REGISTRO DE SERVICIO ØMODIFICACIÓN CAMBIO A REPRESENTACIÓN FEDERAL ØCANCELACIÓN DE PROGRAMA

COMO SE PRESENTAN ESCRITO LIBRE QUE CONTENGA: Razón Social RFC Núm. De Programa IMMEX

COMO SE PRESENTAN ESCRITO LIBRE QUE CONTENGA: Razón Social RFC Núm. De Programa IMMEX y/o PROSEC Correo electrónico y teléfono Desarrollo de la petición (Alta/baja de domicilio, baja de Submaquila…) Firmado por el Representante Legal bajo protesta de decir verdad.

REQUERIMIENTO PARA SUBMAQUILA Artículo 21, párrafo tercero Capítulo VI, del Decreto IMMEX, publicado en

REQUERIMIENTO PARA SUBMAQUILA Artículo 21, párrafo tercero Capítulo VI, del Decreto IMMEX, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de noviembre de 2006 y su modificación del 06 de enero de 2016: El escrito deberá de ser por parte del solicitante Hoja membretada de la empresa. Datos generales de la empresa (número de programa IMMEX, RFC, domicilio completo y teléfono) Nombre, RFC y domicilio fiscal de la empresa Submaquiladora Proceso detallado que llevara a cabo la Submaquila, indicando el tiempo que se invierte para la realización de proceso. Domicilio de donde saldrán las mercancía y domicilio donde serán recibidas Firmado por el Representante Legal.

¡GRACIAS! Dirección General de Comercio Exterior Subdelegación en Cd. Juárez

¡GRACIAS! Dirección General de Comercio Exterior Subdelegación en Cd. Juárez