ACOMPAAMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL GOBIERNO ESCOLAR
ACOMPAÑAMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
• GOBIERNO ESCOLAR- CUERPOS COLEGIADOS • Consejo Directivo Como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. • Funciones: • Según el artículo 144 de la Ley 115 de Educación y Ley 715.
� Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad. � Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes de la Institución Educativa. � Adoptar el reglamento de la institución de conformidad con las normas vigentes.
• Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Institucional, del currículo y del plan de estudios, y someterlos a consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos.
Consejo académico: Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. Se constituye de acuerdo con los lineamientos del Decreto 1860 de 1994. Articulo 145.
Funciones: � Orientar los procesos pedagógicos institucionales. � Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860 de 1994 y 1290 de abril de 2009. � Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
� Conformar las comisiones de evaluación y promoción. � Reunirse como mínimo una vez al mes. Comisión de Evaluación y Promoción. Como órgano de apoyo institucional al proceso de evaluación de los estudiantes quienes velarán por la implementación del Sistema Institucional de Evaluación Escolar.
Funciones: A. Analizar los casos de los estudiantes con desempeños bajos en cualquiera de las áreas y hacer las recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. B. Convocar a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador
Respectivo, con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados. C. Analizar los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos o superiores con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. D. Establecer los indicadores de seguimiento para verificar si los educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior frente a los procesos de evaluación acordados en el SIEE.
Conformación del comité de evaluación y promoción: A. Rector o su delegado (un titular del grado) B. Los titulares del grado C. Un padre de familia (delegado por el consejo de padres) Todos con voz y voto. Pueden asistir otros profesores del grado, con voz pero sin voto. Periodicidad de reuniones: Se realizarán seis (6) reuniones así: una reunión (1) por período académico; éstas se realizarán en la
semana siguiente a la entrega de informes académicos como mínimo. Y dos (2) para definir la promoción de los estudiantes, una al finalizar el año escolar pasados los planes de refuerzo y superación y otra al iniciar el siguiente año, pasada la habilitación. Si la comisión desea, al hacer la evaluación del proceso, puede convocar a otras reuniones que considere pertinentes.
Consejo de Padres: La conformación del Consejo de Padres en la institución educativa es de carácter obligatorio y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia, conforme lo preceptuado en el Artículo 5 del Decreto 1286 de 2005.
Definición del Consejo de Padres. El Consejo de Padres de Familia, es un órgano de participación de los padres de familia o acudientes autorizados del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. (Artículo 5 Decreto 1286 de 2005) Conformación del Consejo de Padres. El Consejo de Padres estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los distintos grados que ofrece el establecimiento educativo.
La elección de los representantes de los padres de familia para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al menos el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. Funciones : El Consejo de Padres de la institución ejercerá sus funciones en directa coordinación con el Rector o sus delegados. � Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas
de competencias y pruebas de Estado. � Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo. � Participar en la elaboración de planes de mejoramiento institucional y en el logro de los objetivos planeados. � Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar
el afianzamiento de los aprendizajes. Participación del Consejo de Padres en el Consejo Directivo. � El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por el Rector del establecimiento educativo, elegirá con el voto favorable de la mayoría de sus miembros a los dos representantes de los padres de familia al Consejo Directivo del Establecimiento Educativo.
Consejo de estudiantes El Decreto 1860 de 1994 en su Artículo 29, establece que en todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegurará
y garantizará el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. Estará integrado por un representante de cada uno de los grados ofrecidos por la institución. COMITÉ DE APOYO AGROPECUARIO O AGROINDUSTRIAL PARA EL FORTALECIMIENTO E IMPLEMENTACION DE LOS PROYECTOS PEDAGOGICOS PRODUCTIVOS. PPP
EVALUACIÓN POR COMPETENCIAS Las competencias son una combinación de conocimientos, habilidades y actitudes conducentes al desempeño adecuado y oportuno, como una capacidad en acción demostrada con eficiencia. Las hay básicas, con las que cada uno construye su aprendizaje. Las hay laborales, las que permiten actuar responsablemente y desempeñarse en cualquier sector productivo sin importar el cargo o rol que se asuma. Las hay ciudadanas, que favorecen la convivencia y la participación.
Dentro de los elementos a considerar en una competencia, se puede tener en cuenta: Sus reglas de acción. Su historia epistemológica Conocimiento: hace referencia a valorar las competencias en un campo del saber. El saber de cada disciplina tiene referentes como: Sus ámbitos articuladores Sus conceptos Sus teorías
• Desempeño: • Permite determinar lo que es capaz de hacer el estudiante con todos o algunos de los conceptos aprendidos. • El estudiante usa el conocimiento a través de las actividades propuestas en la actividad práctica de la guía o las que el docente defina. • Los desempeños se valoran a través de situaciones concretas en contextos definidos. Estos incluyen:
Saberes Habilidades Motivación Valor porcentual para la nota final el 40%. Actitudes Valores
PRODUCTO Integran documentos de productos, proyectos, informes finales, objetos, creaciones, servicios prestados, trabajo académicos, investigaciones realizadas. Permiten valorar en los estudiantes su capacidad prepositiva y argumentativa y por lo general son el resultado del desarrollo de las actividades de aplicación y complementación en las guías de interaprendizaje. Valor porcentual para la nota final 25%.
Al hacer una evaluación integral del estudiante se debe tener en cuenta los elementos de la competencia y algunas estrategias de participación en la evaluación como: AUTOEVALUACION El propio estudiante valora la formación de sus competencias con referencia a los propósitos de formación, los criterios de desempeño, los saberes esenciales y las evidencias requeridas: Autoconocimiento y autorregulación. Valor porcentual para la nota final 10%.
PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL (PMI)
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