Acciones colectivas de consumidores Asociacin de Magistrados y

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Acciones colectivas de consumidores Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional 7

Acciones colectivas de consumidores Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional 7 de Noviembre 2016 Gabriel Martinez Medrano https: //works. bepress. com/martinezmedrano/

Conceptos generales � Que es un derecho de incidencia colectiva. � Clases de derechos:

Conceptos generales � Que es un derecho de incidencia colectiva. � Clases de derechos: Derechos colectivos indivisibles y derechos individuales homogéneos. (“Piedra y rueda de bicicleta”) � Acción colectiva o acción de clase. Que es una clase? � De donde provienen las acciones de clase? Mecanismo institucional vs Class Actions

Conceptos � Que es litigar una acción de clase: una persona litiga representando a

Conceptos � Que es litigar una acción de clase: una persona litiga representando a otras que no le han dado poder. � Fuerza de la acción de clase: recupero de grandes sumas de dinero que no representan interés individual de las víctimas. � País donde se han desarrollado: EEUU. Regla 23 de las Reglas de Procedimiento Federal.

En Argentina � Marco Normativo: Ley 24240 (originaria de 1993). � Constitución Nacional �

En Argentina � Marco Normativo: Ley 24240 (originaria de 1993). � Constitución Nacional � Reforma de la Ley 24240 (Ley 26361/2008)

Legitimación activa de las Asociaciones de Consumidores � Prehistoria: Unión de Usuarios y Consumidores

Legitimación activa de las Asociaciones de Consumidores � Prehistoria: Unión de Usuarios y Consumidores c. Banco de la Provincia de Bs As (seguro de 1$ en cajero automático). Dirección c/ BNL (Discusión sobre la legitimación activa de Asociaciones de C. ). � Halabi c. PEN 24/2/2009 � Padec c. Swiss Medical (termina la discusión sobre legitimación activa).

Requisitos de Halabi � 1) Requisitos Generales � 1. a) hecho único o complejo

Requisitos de Halabi � 1) Requisitos Generales � 1. a) hecho único o complejo que causa una lesión a una pluralidad relevante de � derechos individuales. � 1. b) pretensión enfocada a los aspectos comunes de la clase. � 1. c) que no se justifique la promoción individual de reclamos (dificultad estructural de acceso a la justicia en forma individual).

Requisitos de Halabi � 2) Requisitos particulares � 2. a) precisa identificación de la

Requisitos de Halabi � 2) Requisitos particulares � 2. a) precisa identificación de la clase. � 2. b) idoneidad del representante � 2. c) planteo que involucre cuestiones comunes u homogéneas � 2. d) procedimiento idóneo para informar a los miembros de la clase sobre la � promoción de la acción. � 2. e) procedimiento de publicidad o registro para evitar la multiplicidad de acciones � colectivas con el mismo objeto

Jurisprudencia � Kersich Juan Gabriel c/ Aguas Bonaerenses (2 -12 -14) un repaso de

Jurisprudencia � Kersich Juan Gabriel c/ Aguas Bonaerenses (2 -12 -14) un repaso de precedentes citados por la CSJN y una directiva para los jueces (incluso provinciales). (previsibilidad. “El proceso judicial no puede ser una “juego de sorpresas”) � CEPIS c/ Min Energia 18/8/2016 (gas) � Abarca Walter c. Min Energia 6. 9. 16 (luz)

Registro de acciones de clase � Municipalidad de Berazategui c. Cablevision CSJN 23 -9

Registro de acciones de clase � Municipalidad de Berazategui c. Cablevision CSJN 23 -9 -14 (causas conexas o superpuestas) � Creación del Registro Acordada 32/2014

Reglamento de Actuacion � “Reglamento de Actuacion en Procesos Colectivos” 5/4/2016 Acordada 12/2016 (vigencia

Reglamento de Actuacion � “Reglamento de Actuacion en Procesos Colectivos” 5/4/2016 Acordada 12/2016 (vigencia a partir del 1/10/2016). � Legitimidad de la Corte para dictarlo? � Necesidad: evitar sentencias contradictorias, decisiones de un proceso que hagan cosa juzgada en otro, impedir la multiplicacion de acciones de objeto superpuesto.

Reglamento. � ¿Qué es la unificación de tramite? (Municip Berazategui). � Cual es la

Reglamento. � ¿Qué es la unificación de tramite? (Municip Berazategui). � Cual es la regla de prelación? : Inscripción. � Que pasa con acciones anteriores no inscriptas? Criterios: mas avanzado, primero en trabar la litis? � Estado actual: caos. Juicios paralizados que no avanzan (Fuero Comercial. Denuncia de la Fiscal ante la CNCOM).

Criterio de unificación según Reglamento � “Sustancial semejanza” � Que quiere decir? � Certezas:

Criterio de unificación según Reglamento � “Sustancial semejanza” � Que quiere decir? � Certezas: a) si esta involucrada la misma clase. b) Puede tratarse de distintos legitimados (ej. Dos asociaciones). c) Misma causa petendi (objeto procesal)

Reglamento (Sustancial semejanza) � Dudas: Pueden unificarse tramites por objetos similares, clases distintas y

Reglamento (Sustancial semejanza) � Dudas: Pueden unificarse tramites por objetos similares, clases distintas y legitimados pasivos distintos (no vinculados entre si)? � Estado actual: se remiten al mismo Juzgado (conexidad). � Sentencia única? Entiendo que no. Puede haber particularidades en cada caso.

Reglamento. Procedimiento � Nuevos requisitos para la demanda (modificación del art. 330 CPCC). �

Reglamento. Procedimiento � Nuevos requisitos para la demanda (modificación del art. 330 CPCC). � Identificar los requisitos de “Halabi” � Denunciar la iniciación de acciones con “sustancial semejanza en la afectación de los d. i. c. )” � Adjuntar copia de consulta al Registro (DDJJ).

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � 1. Consultar al Registro (brindando

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � 1. Consultar al Registro (brindando los datos al mismo para identificar el proceso) � 2. contestar al Reg las aclaraciones que le solicite � 3. Recibe la respuesta del Reg. � 4. Primera resolución: remitir a otro Juzgado o asumir la competencia. � 5. Si asume competencia dictar la Segunda Resolución (cont. )

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � Segunda resolución: identificar la clase,

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � Segunda resolución: identificar la clase, el objeto el sujeto demandado, ordenar la inscripción en el Registro. (2ª Res. no es recurrible) � 6. Registrado el Proceso: traslado de la demanda. � 7. Contestada la demanda: Dictar la 3ª Resolución. (cont. )

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � Tercera Resolucion: Ratificar o modificar

Actuación del Juez (donde se inició el proceso) � Tercera Resolucion: Ratificar o modificar la Resolución. Determinar el medio más idoneo para “hacer saber” a los demas integrantes de la clase acerca del proceso. (sin mayores precisiones de formas y costos). � 8. Comunicar al Registro las posteriores resoluciones relevantes

Actuación si hay “sustancial semejanza” � 1. Remisión al Juez que previno (sin otra

Actuación si hay “sustancial semejanza” � 1. Remisión al Juez que previno (sin otra dilación). � 2. Juez que previno: actúa dictando la Resolución 2º y continúa el trámite. � Resoluciones apelables: las que rechazan desprenderse del expediente (del Juez sorteado o del Juez que previno)

Efecto de la Inscripción en el Registro � La inscripción como “primera acción produce

Efecto de la Inscripción en el Registro � La inscripción como “primera acción produce fuero de atracción para procesos cuya pretensión presente “sustancial semejanza”.

Medidas cautelares � Comunicar al Registro. � Si existe proceso “sustancialmente semejante” remitir expediente.

Medidas cautelares � Comunicar al Registro. � Si existe proceso “sustancialmente semejante” remitir expediente.

Muchas Gracias

Muchas Gracias